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Publicado el Jueves, 07 de Noviembre del 2019

Perjuicio económico por más de S/ 2 millones en Cañaris

Según informe de la Contraloría se canceló el cien por ciento de la obra y esta no fue culminada

 La Contraloría General detectó un perjuicio económico por S/ 2’ 724,901.00 en la obra de colocación de la capa de afirmado de un camino carrozable ubicado en el distrito de Cañaris, provincia de Ferreñafe, debido a que la municipalidad de dicha localidad efectuó pagos que no correspondían a la empresa contratista. Tras la auditoría se determinó que pese a habeArse pagado el total de la obra no se ejecutaron metrados por más de un millón y medio de soles.

El Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 2100-2019-CG/GRLA-AC, da cuenta que la Municipalidad de Cañaris pagó a la empresa contratista R&M un total de S/ 1’ 579,514.07 por metrados no ejecutados y S/ 1’145,386.93 por trabajos físicos realizados que no cumplen con las especificaciones del expediente técnico, ni el Manual de Carreteras EG-2013 en lo relacionado a calidad del material empleado, espesor de la superficie de rodadura, grado de compactación alcanzado y otros.

El ente contralor, da cuenta que “de la revisión efectuada a las valorizaciones de la ejecución de la obra se puede visualizar que la entidad realizó pagos al consorcio R&M por el concepto de adelantos: Directo de S/ 272,490.10 y para materiales de S/ 544,980.20; así como en la primera valorización, con un porcentaje de avance de obra de 40,84%, el monto de S/ 779,063.15 y en la segunda valorización, con un porcentaje de avance de obra acumulado de 100%, el monto de S/ 1 128,367.55 haciendo un total de S/ 2 724,901.00”.

PAGAN POR TRABAJOS NO EJECUTADOS

Fue durante la visita de inspección física realizada del 19 al 27 de junio de 2019 por la comisión auditora, que se determinó que los metrados de los trabajos ejecutados no corresponden al 100% valorizado, además de no cumplir con las especificaciones del Expediente Técnico ni con las del Manual de Carreteras EG-2013, de acuerdo a los resultados obtenidos en los ensayos de laboratorio aplicados.

“En donde se evidenció que el material utilizado para la conformación de la capa de afirmado no es el adecuado, no pudiéndose considerar dichos trabajos como aceptables y por lo tanto, tampoco como avance físico real para la culminación de trabajos”, manifiesta el informe de la Contraloría.

NO IDÓNEOS

Asimismo, la Contraloría advierte otra situación adversa, que es la “Designación de miembros del comité de selección que no cumplían con requisitos establecidos en la norma, los mismos que aplicaron diferentes criterios en la calificación de las propuestas técnicas, otorgando la buena pro a un postor que no cumplía con lo establecido en las bases integradas del procedimiento de selección, afectando la transparencia, imparcialidad, probidad y legalidad que deben regir las actividades de la gestión pública”.

RESPONSABILIDADES

En el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 2100-2019-CG/GRLA-AC se evidenció además presunta responsabilidad penal y administrativa de dos exfuncionarios de dicha entidad edil. Asimismo, hay otros seis exfuncionarios implicados con presunta responsabilidad administrativa.

Se trata de: Víctor Hugo de La Cruz Neira (administrativa), Wiliam Samamé Díaz (administrativa), San Juan Bautista Reyes Rinza (penal), José Gaspar Lucero (administrativa), Luis Alberto Díaz Rojas (penal), Jorge Ugaz Moreno (administrativa), Tito Luis Ríos Azañedo (administrativa) y Cristhian Aquino Mas (administrativa).

En oficio dirigido al alcalde de Cañaris, Antonio Ventura Lizana, la Contraloría le recomienda: Disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Cañaris comprendidos en el informe, conforme al marco normativo aplicable.

Asimismo, poner en conocimiento de la Procuraduría Pública para que inicie las acciones legales respecto a los funcionarios y servidores señalados en el resultado de la auditoría. Finalmente, que la Gerencia Municipal disponga a las unidades orgánicas competentes, elabore lineamientos y directivas de conformidad con la normativa de contrataciones para la realización de procesos de contratación de bienes, servicios y obras que contemple todos los procedimientos y responsables de cada etapa, fortaleciendo los mecanismos de control interno para el cumplimiento de dichos lineamientos y directivas.

 

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